Cada vez son más frecuentes las reclamaciones porqué el casero no devuelve la fianza del alquiler aduciendo todo tipo de argucias para no pagar. No sólo eso, muchas veces detrás de la negativa a devolver la fianza y otros depósitos en garantía está que el casero no declara a Hacienda sus ganancias ahorrándose los impuestos de esa actividad económica. Es un descaro que llega al 40% del fraude fiscal. La Ley de Arrendamientos Urbanos -LAU- y la ridícula administración tributaria permiten que existan miles de espabilados rentistas que viven a costa del Estado y del inquilino.
¿Cómo iniciar un procedimiento monitorio para reclamar la fianza y depósito al casero?
Como hemos explicado si siguen el primer enlace, cuando un casero contesta oponiéndose a nuestro requerimiento de pago enviado desde el Juzgado de Primera Instancia que nos ha tocado toca pasar al juicio verbal delante del Juez.
Pero veamos primero como iniciar el requerimiento de pago de la fianza, del depósito si lo hubiere y los intereses legales por retraso (la LAU da un mes al casero para devolver fianza, etc ).

El requerimiento se inicia rellenando un formulario:
- sede electrónica: con identificación digital: https://sedejudicial.justicia.es/-/procedimiento-monitorio
- descargando el formulario en castellano >>>
- descarregant el formulari en català >>>
Una vez recibido por el juzgado de primera Instancia competente y aceptado el monitorio este- el secretario judicial que lleva el caso del Juzgado de Primera Instancia que le ha tocado- envía una diligencia de ordenación al demandado para que pague en 20 días o se oponga parecida a esta con los datos de su monitorio y al mismo tiempo un requerimiento de pago con efectos parecidos y posteriormente una citación al Juzgado al deudor para que exprese sus alegaciones respecto de la deuda:
ESTA SERÍA LA DILIGENCIA DE ORDENACIÓN que inicia el monitorio:
Si se opone el deudor- el arrendador o casero- entonces el Juzgado da por finalizado el procedimiento monitorio y incoa un procedimiento verbal para dirimir el conflicto con el deudor mediante un DECRETO del secretario judicial como este:
Este juicio verbal se realiza siempre y cuando lo pida una de las partes. En caso contrario el juez dicta sentencia a la vista de las pruebas presentadas.
Del procedimiento monitorio al juicio verbal contra el casero
Como el caso que nos ocupa se trata de una reclamación monetario inferior a 2000€ el acreedor- inquilino- no necesita abogado ni procurador por lo que aunque lo pida no se lo van a dar. Esto tiene como resultado, que no hay costas si se pierde el juicio y aunque lo pida la otra parte te puedes negar a pagar por derecho.
El acreedor-demandante puede impugnar la oposición del casero a la deuda que reclama aportando si cabe más documentación en ese escrito de impugnación, lo que aunque no es obligatorio es mejor usarlo para sentar las bases de la demanda. Suele haber plantillas en la red como esta para la que tiene 10 días para presentarla y rellenar para el caso de fianzas de alquiler es perfecta::
- PLANTILLA-Impugnación a la oposición del deudor en el procedimiento monitorio.odt/ abre una nueva ventana.
Plantee el juicio verbal contra el casero
Para plantear el juicio verbal hay en los juzgados un modelo a disposición de los usuarios, pero puede bajarse desde la sede del Consejo General del Poder Judicial los modelos a emplear:
Archivos asociados
La duración del procedimiento dependerá de la agenda del juzgado en el que corresponda cursar la demanda, pero por regla general, la sentencia suele llegar en un plazo entre seis meses y un año desde el inicio del monitorio.
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