Se imagina un IRPF en que su salario
… tuviera como gastos deducibles
… la comida, el transporte, los impuestos, la vivienda…
Se Imagina un Impuesto de Sociedades que tuviera una exención fiscal del 100%.
Pagaría muy poco ¿no?
Sí, pagaría muy poco.
En el Impuesto de la renta – IRPF- todo contribuyente se deduce de la cuota liquidable el llamado Mínimo personal o familiar para atender las necesidades básicas y que a fecha de hoy es 5.550 euros (*1).
Pero usted para obtener su salario tiene muchos gastos. Necesita comida, una casa para darle cobijo y donde dormir para rendir correctamente en el trabajo, pagar transporte para realizar todas esas tareas, pagar además IVA por sus compras o IBI al Ayuntamiento y todos los impuestos que mantienen al Estado, amortizar la vivienda pues con las décadas se degrada, las primas de los seguros que protejan la casa, el seguro de paro o vida, los pagos de los suministros como agua sin los cuales sería imposible rendir en el trabajo, etc. O sea, todo gasto personal necesario para su bienestar como ciudadano que contribuye con su trabajo a la sociedad y del cual obtiene un salario.
Pues bien,
Para la Hacienda Pública española, todos esos gastos de los que depende la vida del ciudadano para que sea útil a la sociedad, se desgravan en el IRPF con los 5.550€ del Mínimo Personal.
Hay unos privilegiados, que aparte de ese Mínimo Vital, pueden deducirse todos aquellos gastos que generan las rentas de las que viven, y aparte tienen el premio que después de restar esos gastos pagan sólo por un 40% de la renta que les queda. O sea, que si tienen una renta de 27.000€ cotizan IRPF por menos de 9.000€.
Ese privilegio fiscal se encuentra desde hace décadas en el artículo 23 de la Ley 35/2006, del IRPF (*2). Si eres un privilegiado de ese artículo del IRPF, te descuentas el Mínimo personal del IRPF pero también todos los gastos para obtener la renta de la que vives y de la diferencia sólo pagarás impuesto por un 40% restante (ahorro del 60%).
Ya en el 2018 desvelamos la verdad! los salarios pagan hasta un 1.000% más de fiscalidad que las rentas inmobiliarias de alquiler. Esta pequeña presentación muestra el privilegio insolidario, un enorme agravio social, que otorga la Ley del IRPF a los propietarios que alquilan viviendas de su propiedad.
Tantas ventajas fiscales a los caseros ¿a cambio de qué?
LOS CÁLCULOS REALIZADOS EN EL SIMULADOR DE LA AGENCIA TRIBUTARIA
Hemos creado 2 modelos de personas físicas para averiguar su IRPF.
- La persona A es un jubilado que declarará 27.000€ por dos alquileres que cobra como ingresos: uno de 12.000 – que le paga la persona B- y otro de 15.000€ anuales que podrían corresponderse a dos viviendas sitas en el centro de Madrid o Barcelona. No cobra pensión.
- La persona B es un asalariado de una empresa que gana lo mismo, 27.000€, y además es inquilino de la persona A. su arrendador o casero.
- En el enlace anterior hay otro jubilado que sí cobra pensión y complementa con un alquiler. Ese paga más IRPF que el primero precisamente por cobrar una pensión que son rentas del trabajo. No lo explicamos en la presentación para simplificar
PARA SABER CÓMO SE EXPOLIAN LOS SALARIOS respecto de LAS RENTAS DEL ALQUILER nos hemos dirigido para hacer los cálculos al simulador de IRPF de la Agencia Tributaria (*3). No hay trampas. NOSOTROS HEMOS SIDO LOS PRIMEROS SORPRENDIDOS DE LA INJUSTA TRIBUTACIÓN FISCAL.
Puede ver los borradores que hemos simulado de los IRPF aquí >>>, especialmente todos los datos de la declaración de IRPF del casero que están mesurados a cifras reales. Los borradores no pueden ser más explícitos del profundo sesgo clasista en favor de los que viven de rentas.
En otras palabras si el abuelito rentista tuviera el mismo trato fiscal que su inquilino trabajador pagaría por sus ingresos 6 veces más. En realidad el sistema fiscal español es una afrenta contra las clases sociales con menos recursos con el objetivo de mantener el poder adquisitivo de las rentas medias y altas a costa de extraer rentabilidad al patrimonio inmobiliario aunque se a costa de sangrar con el alquiler a los más pobres.
“… Un pacto de Estado donde las oligarquías financieras y de gobierno saben que los activos inmobiliarios son un sustento central del conjunto de nuestro sistema, que pone en el centro a los no menos de 2,5 millones de personas que reciben algún tipo de renta de alquiler.
… Beneficios para las clases medias y altas del país que se ejemplifican en dos grandes líneas de actuación pública. La primera, la de garantizar políticas de vivienda y urbanas que mantengan los precios elevados. El objetivo es proveer de rentas extraordinarias y de mayores cotas de bienestar a los sectores rentistas, entrando aquí un amplio abanico de rentas medias y altas. Y la segunda, un gran pacto fiscal que permite que este modelo rentista y especulativo —tan distribuido por el conjunto de la sociedad—, tenga cargas fiscales casi inexistentes...”
Pablo CARMONA
Por eso, nuestra tesis es que, en contra de lo que se dice, España sería uno de los países europeos que más ha gastado en vivienda en las últimas décadas, pero para crear una franja de población enriquecida y rentista que se distribuye en las rentas altas y medias, entre los diputados, los magistrados, militares y la Iglesia católica, entre las capas medias y altas de los funcionarios, entre directivos bancarios directamente implicados en las operaciones inmobiliarias y toda la estructura de Agentes de la propiedad, entre las familias de clase trabajadora que en las mejores épocas de la segunda mitad de siglo supieron acumular con su esfuerzo y las herencias un patrimonio inmobiliario que por si solo les permite vivir holgadamente con 10 o más viviendas alquiladas o jugando con las plusvalías inmobiliarias en las ventas. Y sobre todo, la pléyade de pequeños propietarios arrendadores – la mayoría de caseros españoles- que usan el alquiler como complemento de salarios menguantes.
La leyenda del pobre jubilado que complementa la pensión con un alquiler, ¡ NO EXISTE !
Desde los sindicatos de vivienda más izquierdistas y PAHs, el Gobierno del “escudo social“, pasando por los partidos hasta los Colegios de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria pasan de puntillas con el expolio que HEMOS EXPUESTO blandiendo siempre el argumento del pobre abuelito que complementa la pensión con ese alquiler que le paga un trabajador. La realidad es muy distinta como muestran los datos de la Agencia Tributaria para el año fiscal 2019:
En este cuadro se pueden ver a la izquierda los tramos de renta en percentiles y a la derecha el global repartido de las liquidaciones de IRPF que declaran ingresos por arrendamiento de viviendas y locales en el año 2019 (la AEAT no los separa).
- Se puede observar que el percentil (A) entre 30 a 60.000 euros representa el 32% del total de liquidaciones (774.349) y el 35% de lo declarado por los caseros.
- ESE PERCENTIL NO SE CORRESPONDE CON LA IDEA DEL POBRE JUBILADO QUE COMPLEMENTA LA PENSIÓN con un alquiler.
- Los tramos de renta (B) comprendidos entre los 12 y los 60.000 euros representan el grueso de liquidaciones de los caseros.
- Los tramos de renta (C) comprendidos entre los 12 y los 150.000 euros representan el grueso de los importes declarados por los caseros (75%).
Este patrón de percentiles se repite a lo largo de dos décadas. Así es como estos datos avalan la cita del compañero Pablo Carmona al respecto en:
“… Así se explica que gobiernos de todo signo se nieguen en redondo a modificar esta realidad. También es la muestra de cómo las rentas más bajas y precarias —arrojadas al mercado del alquiler—, alimentan y sostienen los niveles de renta de estas clases propietarias. Esto hace que el aumento de rentas de alquiler se deban vincular también a condicionantes propios de las clases medias, como la pérdida de ingresos por vías salariales tras la crisis de 2008. Pero también como vía para sufragar con estas rentas extra los servicios privados de cuidado (residencias, seguros, cuidados personales) a los que no llega nuestro sistema de bienestar...”
Pablo CARMONA
Viendo esta realidad te preguntas como las pantallas y los grandes medios de control de la información llenan de propaganda inmunda nuestras mentes con la finalidad de mostrar una realidad opuesta a lo que realmente sucede.
Este sector del sindicato de la Patronal del Alquiler prácticamente no realiza “alquileres sociales” ni cede viviendas a los Ayuntamientos para esa labor social. Es muy egoísta. Un ejemplo lo vemos en los gastos deducibles que trataremos a continuación.
La picaresca de los gastos deducibles en el arrendamiento de viviendas
El último año del que hay estadísticas del IRPF en la AEAT, el 2019, los arrendadores se dedujeron como gastos 8.464 millones de euros. Como veremos más adelante, ello supone el 37% de los ingresos de las 2,8 millones de declaraciones realizadas con un aumento de un 10,4% respecto del año anterior. Fiscalizar entre 10 a 20 millones de facturas para buscar picarescas se vuelve una tarea titánica para una Agencia Tributaria menguada en efectivos.
Veamos, por ejemplo, la picaresca del IBI en las declaraciones de los arrendadores:
No se trata simplemente que el buen abuelito rentista se ahorre aún, con picaresca, de pagar 25 euros menos a la Hacienda Pública por el IBI. Es peor, ni siquiera lo sabe. Quiere ser ignorante, lo único que quiere es pagar el mínimo de impuestos. Deja en manos del gestor la declaración de IRPF. Este le pedirá el recibo del IBI y muchos otros para desgravarlos sin saber que el API – Agente de la Propiedad Inmobiliaria- ha impuesto el pago del IBI al inquilino en el contrato. La Agencia Tributaria permite un sistema impositivo muy injusto. En realidad, como veremos, los impuestos, todo el sistema impositivo, es un cuidadoso engranaje para sangrar a las clases populares todo lo que se puede y más. Los que están arriba de la pirámide social o no pagan impuestos o incluso les devuelven dinero.
Lo de la estafa de los gastos deducibles que se encuentran el los contratos de alquiler en el apartado de actualización de rentas, dice muy claro la Ley de Arrendamientos Urbanos en su artículo 17 que hay que justificar al inquilino cada pago que se le cobra con facturas, NIF, prorrateo si cabe, etc… Nadie lo hace. Por eso, en nuestro Portal del Inquilino lo explicamos como Cláusulas abusivas en los contratos de alquiler. Ese desliz cuesta a la Hacienda Pública en 2019 un monto de 8.464 millones de euros en gastos deducibles que nadie justifica.
El expolio fiscal y el fraude de la Patronal del Alquiler en el IRPF
Ese “expolio“, cuyo nombre exacto sería elusión fiscal, en el caso de los arrendamientos, tiene un coste macroeconómico enorme para un Estado como el español carcomido en sus ingresos por los grupos de presión que mandan en el Congreso de los Diputados. La palabra expolio la hemos usado para llamar la atención del lector pero en realidad es peor. Es elusión, de eludir, o sea, no contribuir con impuestos en la redistribución de la riqueza pues las leyes legisladas por los diputados favorecen el poder de ese lobby inmobiliario porqué muchos forman parte de él.
El expolio sería punible. Eludir pagar IRPF es legal y aquí está el pecado.
La patronal del alquiler “española“, eje de la reaccionaria sociedad de los propietarios neoliberal y franquista, con una masa social y electoral superior a los 5 millones de personas, no ha sido nunca proclive a pagar impuestos para contribuir en el cacareado reparto de la riqueza que supuestamente hacen los Estados como benefactores, según cuentan las leyendas económicas centenarias.
Las cifras macroeconómicas del agujero fiscal causado por la elusión fiscal de la patronal del alquiler superan los 100.000 millones en la última década como mostramos más adelante en este escrito si sumamos la elusión fiscal del IRPF y del Impuesto de sociedades a los del Sindicato de la Patronal del Alquiler. Con los datos de la Agencia Tributaria.
Con razón, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal española -AIReF – publicó el 22 de julio del 2020 el llamado informe EVALUACIÓN DEL GASTO PÚBLICO 2019 donde exige ligar las prebendas de la Patronal del alquiler a alquileres sociales tan faltos en nuestro país en ausencia de un parque público que nunca veremos sin expropiar a los bancos. Todos los partidos y poderes fácticos han callado ante semejante propuesta.
Hoy la Ley de Vivienda que se tramita en las Cortes generales de Madrid obvia esta realidad pues quienes deberían velar por esa injusticia están implicados en el expolio de la Patronal del alquiler pues forman parte de ella.
Pero la Patronal del Alquiler, no sólo tiene enormes ventajas fiscales incomparables. Es que además durante décadas ha defraudado a la Hacienda Pública al no declarar ingresos por el arrendamiento de locales y viviendas, cobro en negro, economía sumergida. El sindicato de inspectores de Hacienda – GHESTA- está cansado de emitir noticias sobre este tema en las últimas décadas. Basta hacer una búsqueda en la red para encontrar multitud de estos estudios y en nuestra web tenemos las mejores muestras >>>
Por tanto, en el sector inmobiliario, uno de los principales motores de la economía de la piel de toro, hay una enorme elusión fiscal legal, legislada a favor de la riqueza inmobiliaria. Aún con estas prebendas a lo largo de muchos años esta Patronal del Alquiler preferia “cobrar en negro”. Un fraude fiscal superior al 50% que ha ido disminuyendo con el esfuerzo de la Agencia Tributaria hasta el entorno del 40% respecto de los arrendamientos de viviendas y locales, en el caso de las declaraciones de las personas físicas. En el Impuesto de Sociedades no les hace falta simplemente porqué la elusión fiscal legislada aún es mejor. No hace falta defraudar.
El expolio y la elusión fiscal de la Patronal del Alquiler en el Impuesto de Sociedades
Hablamos aquí de los grandes tenedores porqué estos declaran en el Impuesto de Sociedades no en el IRPF. Sus viviendas están fiscalizadas por la Ley del Impuesto de Sociedades-LIS-. Primero hablaremos de mitos. El mito de los grandes tenedores que a pesar de su nombre de grandes tenedores poseen pocas viviendas. El segundo gran mito es que por su volumen tienen la capacidad de manipular y determinar los precios del mercado.
¿Los grandes tenedores poseen muchas viviendas?
El primero de los grandes mitos es que Blackstone, Cerberus o ServiHabitat de La Caixa son los grandes caseros pero una simple comparación con la concentración inmobiliaria en otros países haría palidecer esta afirmación. ServiHabitat es el mayor casero y sus viviendas en alquiler no llegan a las 50.000 seguido por Blackstone que se acerca a las 40.000. En un reciente y buen estudio de La Directa se cifra el imperio inmobiliario de Blackstone en Catalunya en un total de 5550 viviendas de las que 891 se encuentran en Barcelona (*4).
Veamos la realidad.
España cuenta con un parque de viviendas de más de 25 millones por lo que el peso de ServiHabitat, principal casero, seria del 0,2%, o en los 3,4 millones de hogares en alquiler, esa filial de La Caixa controlaría el 1,4% de los arrendamientos de viviendas estatales. Por su parte, Blackstone y sus filiales que cuentan en la capital catalana con 891 viviendas representarían el 0,1% de las más de las 800.000 del parque de viviendas de la ciudad condal y un 0,3% los arrendamientos de Barcelona que cuenta con unos 250.000 viviendas de alquiler.
Digámoslo de otra manera. Si miramos en la GRÁFICA 1 los dos percentiles de renta más elevadas entre 30 y 150.000 euros que declaran 1,02 millones de liquidaciones de arrendamientos en IRPF representan casi el 30% de los caseros de nuestro país. Y son liquidaciones que pueden tener más de una vivienda. En nuestro país mandan los pequeños arrendadores. Ese es el triunfo de la política de vivienda del franquismo.
¿Los grandes tenedores manipulan y marcan los precios del mercado de alquiler?
Lo que estamos explicando sería abrumador para negar esa evidencia que sindicatos de vivienda y grandes medios intentan afirmar. Ese percentil de rentas altas hasta 150.000 euros del IRPF que declara liquidaciones por más de 1,02 millones de arrendamientos está formado seguramente por profesiones liberales que van desde notarios, jueces, magistrados, militares de alta graduación, APIs, altos funcionarios y diputados de los partidos mayoritarios. Esos y todas las asociaciones como colegios de APIS, gestores etc sí que tienen la potestad de controlar el mercado por su volumen. Pero además el mercado inmobiliario tiene tantas variables que resulta ilusorio pensar que la banca de inversión a través de sus fondos buitre tiene esa potestad en un país donde el 70% de la riqueza acumulada desde 1950 está en el sector inmobiliario.
La Ley de Arrendamientos Urbanos es una dictadura del casero legislada desde tiempos inmemoriales más allá de Felipe Gónzalez que se complementa con el CódigoCivil y la Ley de Enjuiciamiento para dejar sin vivienda en un plis-plas a cualquier inquilino que no paga. La franja de población más adinerada del percentil de declarantes arrendadores de IRPF está incrustada a su vez en las zonas de poder para ejercer implacables contra la morosidad, independientemente de la situación de crisis económica permanente que vive nuestro país. No les hace falta que Konstantin Sajonia Coburgo Gotha Gómez Acebo, presidente de Cerberus y Haya Real State en España, y padrino de Infantas, diga que precio deben tener los arrendamientos.
Pero incluso los datos reales contradicen que estas figuras impositivas – fondos buitre– se hayan convertido en el Satán del discurso de los sindicatos de vivienda. Lo que dice Pablo IGLESIAS, dato mata relato. A pesar de eso, ¿son malos? SÍ. ¿Hay una tendencia a la concentración inmobiliaria? Sí. ¿Que deberían ser expropiados como la Sareb? Sí. Pero las malditas Socimis (*5), creadas en tiempos de Zapatero y enriquecidas fiscalmente por Rajoy para dar entrada a capitales extranjeros en el mercado español han reducido su peso incluso en las bonificaciones que reciben del Impuesto de Sociedades y las viviendas representan sólo uno de los sectores donde invierten en el inmobiliario:
Activos inmobiliarios de las SOCIMI
La inversión en viviendas sólo representa una pequeña parte de la inversión inmobiliario de las Socimi españolas según el estudio del Banco de España (*5). Las viviendas en color azul oscuro sólo representan una parte entorno a los 5.000 millones en 2019:
Bonificaciones del Impuesto de Sociedades
Las bonificaciones contempladas en los presupuestos generales del estado para las Socimi no han parado de reducirse y son irrelevantes con los beneficios fiscales a las rentas del alquiler en el IRPF en volumen y cantidad (*6):
El pasado 29 de diciembre de 2021, el BOE número 312 publicó la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022.
El aspecto más destacable es la modificación del Régimen Especial de Entidades dedicadas al arrendamiento de la vivienda. Concretamente, se modifica el apartado 1 del artículo 49 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades que pasa de una bonificación del 85% al 40%.
El Impuesto de Sociedades -LIS- permite la bonificación desde el 85 al 100% de la cuota integra de las sociedades dedicadas al arrendamiento de viviendas en las que existen hasta 4 figuras impositivas que analizamos ya en el 2019 en estas páginas con detenimiento en: Miles de millones de euros de regalos fiscales a los caseros alientan la burbuja del alquiler en España. Pero el peso de las ventajas fiscales en el IRPF no deja duda del peso político de la mayoría silenciosa de la patronal del Alquiler.
Obviar esta circunstancia tiene consecuencias como se ha hecho en la discusión de la Ley de Vivienda o como los sindicatos de inquilinos han hecho bandera de la regulación de alquileres por topes- fracasada en la mayoría de países-, desviando la atención, en lugar de centrar la discusión política en ligar ventajas fiscales sólo a alquileres sociales y crujir de impuestos el mercado libre de arrendamientos como incluso pide la moderada Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal española -AIReF –, como hemos explicado en este documento. Esa sí permitiría una nueva Ley de Vivienda de Alquileres Sociales que reduzca el poder político y económico de la Patronal del Alquiler en favor del inquilinato.
La elusión fiscal en los arrendamientos de vivienda es insostenible y una ruina histórica
Dejamos aquí la gráfica que muestra como ha evolucionado la elusión fiscal de los arrendamientos de vivienda declarados en el IRPF. Es un escándalo que desde el 2004, 15 años, la elusión fiscal supone 131 mil millones. El incremento de los gastos deducibles (locales + viviendas) sumado a las desgravaciones por vivienda no paran de crecer año tras año con puntas en celdilla en amarillo.
Por la longitud del documento dejamos para otro día el análisis de esta gráfica 2. Pero en estos datos reales se plasma la elusión fiscal que practican y han practicado los supuestos “buenos abuelitos” que complementan la pensión con un alquiler.
10 medidas contra la burbuja del alquiler y la justicia social
Las medidas que propone nuestra Asociación dirigidas al mercado de alquiler:
Borradores de la agencia Tributaria -AEAT-
BORRADOR IRPF DEL ARRENDADOR REALIZADO EN WEB DE LA AEAT
BORRADOR IRPF DEL TRABAJADOR INQUILINO REALIZADO EN WEB DE LA AEAT
Notas:
- Bankinter.com, Renta 2021: ¿Qué es el mínimo familiar y personal?.
- .Boletín Oficial del Estado, Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
- AEAT, simulador de IRPF.
- La Directa, Blackstone, el fons voltor que acapara més habitatges.
- www.pbs.es, ¿qué es una SOCIMI?.
- Banco de España, EVOLUCIÓN RECIENTE DE LAS SOCIMI EN ESPAÑA.
- prouespeculacio.org, estudio de nuestra entidad basado en datos de congreso.es
7 comentarios en «Como la Patronal del Alquiler arruina a los hogares y a la Hacienda Pública»