Volvemos a tener noticia de nuestros amigos de la Asociación de Hipotecados Activos de otro caso en Granada que, en segunda instancia, la Audiencia Provincial ha archivado la ejecución hipotecaria de un afectado, ha podido reinscribir la propiedad a su nombre y por si acaso tiene renovación de moratoria de desahucios según la ley 1/2013 hasta mayo del 2024.
La vivienda sita en esa provincia fue adjudicada al remate a BuildingCenter, filial inmobiliaria de Caixabank, pues el abogado de oficio nunca recurrió ninguna cláusula abusiva. Posteriormente y bajo los consejos de Hipotecados Activos, con un Incidente Extraordinario de Oposición, se opuso a la ejecución hipotecaria iniciada anteriormente a la entrada en vigor de la – LRCCI– Ley 5/2019, de 15 de marzo, Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario. Como explicamos en el anterior enlace el deudor granadino, cuendo se inició la ejecución, debía 8 mensualidades y menos del 3% del capital por lo que la oposición la tenía ganada. Aunque el Banco se opuso al archivo de la causa y el pago en costas también de la renovación de la moratoria de desahucios la victoria del deudor llega al punto que ha inscrito la vivienda a su nombre nuevamente y el banco se ha visto obligado a proponer una nueva negociación de la deuda pendiente.
Como dicen nuestros compañeros de Hipotecados Activos: “… nunca hay que dar nada por perdido, hay que pelear todo hasta el final…”
Felicidades a Hipotecados Activos y al letrado por el jaque y mate a CaixaBank
SENTENCIAS QUE HACEN JUSTICIA
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— incluye sentencias Audiencia provincial —
Hola Miguel
pues que así sea
saludos
Estimados compañeros,
aún así, con una concesión de la moratoria en el lanzamiento previa a disponer el sobreseimiento del procedimiento de ejecución hipotecaria,éste archivo prevalecerá sobre la moratoria que, por su propio peso, decae y desaparece.
Un saludo
Hola Celeste
agradecemos su asiduidad de sus comentarios que nos alientan a continuar en este desierto informativo de las pantallas con el sufrimiento de los deudores.
En cuanto a la renovación de la moratoria después del 15 de mayo del 2024 es un misterio que queda como patata muy caliente al Gobierno de turno. No se sabe cuanta gente hay acogida per o debe estar bastante más allá de 60.000 hogares en todo el país.
Nosotros junto con unas pocas organizaciones más abordamos esto con la campaña y recogida de firmas por la adecuación de las deudas a la capacidad económica de los hogares afectados:
.- Firma! La vivienda familiar es inembargable, ¡ basta de abusos bancarios!
Entregamos a través de PAH Madrid las firmas en el Congreso de los Diputados y aún esperamos que algún partido responda ni siquiera que las han recibido:
Esperamos que con esta iniciativa contra los fondos buitre la cosa cambie:
saludos y gracias celeste
¿Que pasará con los hipotecados que en su día se adjudico la vivienda el banco y que queda pendiente una deuda por el remate de la adjudicación en la subasta, (pues esta no la ha reclamado el Banco ).
Y aun se tiene la posesión de la vivienda hasta la moratoria del 2024.
Hola Miguel,
Hemos explicado el caso llevado por los compañeros de Ataquealpoder, de la banca claro, con los que hemos colaborado durante años.
Hemos reproducido su artículo con una introducción y enlazamos al mismo.
Posiblemente en su artículo falten más explicaciones o nosotros no entendimos correctamente por desconocimiento del caso. Lo importante es dar a conocer que hay todavía resquicios de pequeñas victorias que con la nueva Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, porqué los partidos constitucionalistas desde PP a PSOE han votado esa ley que barre la cláusula abusiva más importante que es la del vencimiento anticipado.
De todas maneras como suele ocurrir, muchas demandas contra la cláusula de vencimiento anticipado se realizan después de que el hogar se encuentre en moratoria de lanzamiento.
podría ser que la victoria del archivo de la causa haya llegado después de confirmar el juzgado a los deudores el derecho que les ampara en ese caso de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
gracias de nuevo
un abrazo
Estimados compañeros,
ambas cosas no pueden ser.
Si se dicta el sobreseimiento y archivo del procedimiento por ser el vencimiento anticipado abusivo y nulo y no cumplir con los requisitos del artículo 24 de la Ley 5/2019, por las causas expuestas en el comentario que añadí al anterior artículo, son nulos todos los actos procesales de la ejecución hipotecaria quedando la parte ejecutada en igual situación de como estaba de forma previa a la interposición de la demanda, y es por ello que hay que devolver la titularidad registral de la garantía hipotecaria, de haber existido subasta y cambio de titular en el Registro; pero ello conlleva la desaparición de la moratoria en el lanzamiento, ahora hasta el 15 de mayo de 2024, ya que, no olvidemos, dicho lanzamiento ya no va a existir en dicha ejecución.
Ese es el problema de plantear ambas peticiones a la vez. Si se solicita la moratoria, hay que esperar a que concluya para plantear el nuevo incidente de Oposición a la ejecución en base a variada y extensa jurisprudencia europea y nacional, ya que se ha ganado el procedimiento pero se ha acortado la estancia de la parte ejecutada en su vivienda por lo que la entidad ejecutante -Caixabank S.A.- tiene ahora las manos libres para interponer nuevo procedimiento de ejecución hipotecaria, cuando la familia podía estar tranquila como mínimo hasta el 15 de mayo de 2024, y después ya veríamos si se ampliase más dicha moratoria, ahora puede encontrarse con nueva ejecución dentro de, por ejemplo, tres o seis meses. CRASO ERROR.
Un saludo