La ocupación no es ilegal

La usucapión es un medio de adquirir la propiedad mediante la posesión durante el transcurso de tiempo. Nuestro ordenamiento jurídico la establece como un medio válido de adquirir la propiedad en en la última frase del artículo 609 CC y regula sus requisitos desde los artículos 1940 CC al artículo 1960 CC.

Los que participan en la campaña contra la ocupación que desde hace ya años viene desarrollándose sistemáticamente no paran de calificarla de ilegal y de hecho se refiere a ellas como ocupaciones ilegales. Pretenden conseguir el efecto Goebbels, una mentira repetida mil veces se convierte en verdad, para que todos crean que la ocupación es ilegal. Y la verdad es que se puede considerar que han tenido éxito, pues la mayoría considera que el que la ocupación es ilegal es una obviedad , a pesar de una mentira descomunal.

Si nuestro ordenamiento jurídico permite adquirir la propiedad mediante la ocupación, ¿cómo iba a ser la ocupación ilegal?

Cuando un ocupa recibe una demanda de desahucio en el proceso que le sigue para enjuiciar si debe ser desalojado nunca se plantea que su ocupación sea ilegal, pues tal cosa no existe, lo que se plantea es si quien le demanda tiene más derecho que él a poseer el inmueble. Si resulta así se le condena a desalojarla, pero no en ningún momento se dice que su ocupación sea ilegal, porque las ocupaciones ilegales simplemente no existen.

Pero puede ser que el ocupa nunca sea demandado y en ese caso permanecerá en el inmueble mientras quiera e incluso puede llegar a adquirir la propiedad. El estado no considera su ocupación ilegal y por tanto, no le desahucia. Eso solo sucede cuando alguien con más derecho a poseer que él le demanda y le vence en el proceso.

Desde el año 1995 nuestro Código Penal contiene el artículo 245.2 que criminaliza determinadas ocupaciones con unas características tan restrictivas que es dudoso que este delito se haya perpetrado tan siquiera una sola vez en este país. Lo primero que hay que destacar de este artículo es que no considera delito las ocupaciones para constituir en el inmueble una morada, es decir, ocupar para satisfacer la necesidad de vivienda no es delito. Del resto de ocupaciones, las que no tiene como objetivo convertir el inmueble en morada, requieren tal gravedad que en la práctica no se dan. Aunque es cierto, que existe el delito de usurpación en el Código Penal, decir así sin más que ocupar es delito como mucho ignorante temerario va soltando por ahí alegremente, es completamente falso. Lo cierto es que la ocupación en ciertos casos puede ser delito, en casos muy raros y graves.

Pero cuidado, con lo anterior me refiero a la Ley y no a la aplicación de la Ley. Pues entre una y otra suele haber un trecho que nuestros jueces suelen saltar con agilidad. Si ocupan una vivienda para convertirla en su hogar no piensen que tienen asegurado que nunca serán condenados por usurpación, pues hay condenas por esto.

De todos modos, de los ocupas que tienen que enfrentarse a un proceso penal sigue siendo mayoría los absueltos. Lo que rebate nuevamente a los aprendices goebbelianos. Si la mayoría de los ocupas que son juzgados penalmente son absueltos, ¿cómo va a ser la ocupación un delito?

Estos días ha sido noticia una ocupación en la población de Calafell, pero lo que casi ningún medio de comunicación ha explicado es que esta familia fue juzgada penalmente acusada del delito de usurpación y …… absuelta.

A raíz de este caso en estos días todo el mundo habla hoy se publica en el Diari de Tarragona esta noticia. Dado que la ocupación es completamente lícita, ¿cómo se le ocurre al Ayuntamiento de Calafell impedir a nadie que ocupe? ¿No es consciente que esta perpetrando e induciendo a sus ciudadanos a perpetrar un delito de coacciones?  Pero ¿qué clase de país es este en que un gobierno local se permite tan descaradamente delinquir y animar a sus ciudadanos a delinquir? ¿Es acaso este ese país donde el gobierno de la nación y de las comunidades esta en manos de una mafia que no para de robar? Es que no puede ser otro.

El delito 490 LECr permite a cualquier ciudadano detener a cualquier delincuente en el momento de la comisión del delito. Si a algún ciudadano de Calafell se le ocurriera seguir los insensatos consejos de su ayuntamiento en impidiera una ocupación, podría ser detenido por cualquiera. Si policías de Calafell impidieran una ocupación podrían ser detenidos por cualquiera. Si el Alcalde de Calafell impidiera una ocupación podría ser detenido. Porque todos estarían cometiendo un delito de coacciones. ¿Es esto lo que quiere el Ayuntamiento de Calafell? ¿Una guerra civil? Si realmente quiere acabar con la proliferación de ocupaciones de vivienda, lo que debería es luchar porque el derecho a la vivienda sea una realidad y no papel mojado, así la gente podría satisfacer su necesidad de vivienda por medios más ortodoxos.

Quizás en lugar de provocar más incendios y azuzar el odio contra los ocupas, debería hacer limpieza en la Policía Local que en demasiados asuntos turbios anda metida desde hace ya demasiados años.

4 comentarios en «La ocupación no es ilegal»

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