El beneficio social de la ocupación de viviendas.

ocupación edificio en Terrassa -Barcelona

EL BENEFICIO SOCIAL

DE LA OCUPACIÓN

DE VIVIENDAS VACÍAS.


por José Angel GALLEGOS


Entre los que pagan con más o menos desahogo o aprieto la vivienda que habitan ya se mediante alquiler o compra, existe un grupo que desaprueba la ocupación de viviendas sin percatarse que este medio de ejercer el derecho constitucional a la vivienda también les beneficia a ellos.
La política de vivienda del estado español independientemente del partido gobernante contraviniendo el artículo 47 CE no ha estado ni está dirigida a satisfacer las necesidades de vivienda de la población, sino a permitir la usura obligando al pago de un sobreprecio por la vivienda.
Condición necesaria de este sobreprecio, es que aquellos que no puedan satisfacerlo han de convertirse en sin techo; pues si se les facilitase por cualquier modo algún tipo de vivienda social no existiría la imperiosa necesidad de pagar un precio abusivo por la vivienda ya que siempre quedaría como último remedio la vivienda social. Esta es la razón por la que no existe vivienda social más que de modo testimonial.
Los sin techo realizan en el mercado de la vivienda la misma función que los parados en el mercado laboral, aquellos recordarles a los que quieren acceder a una vivienda que han de pagar un sobreprecio y éstos que han de entregar un sobretrabajo a cambio de su salario si no quieren que se cumpla con ellos la amenaza siempre en ciernes de convertirlos en apestados sociales.
El recurso generalizado a la ocupación de viviendas por parte de los sin techo quebraría el plan de los usureros, pues si todos tuviéramos la seguridad de una vivienda por disponer como último recurso factible el de la ocupación, ya no estaríamos dispuestos a pagar por la vivienda el sobreprecio que se viene demandando y estos deberían bajar para acercarse al de su valor. Por ello los que aún pueden pagar el sobreprecio se verían beneficiados por los ocupadores con el abaratamiento de su vivienda.
La ocupación de viviendas es beneficiosa socialmente para todos los que pretende ejercer su derecho a la vivienda (no para los usureros claro está) y no hay razón para desaprobarla sino para apoyarla, alentarla, favorecerla y facilitarla. Tampoco para la actual visión negativa del ocupa que debe ser sustituida por otra positiva acorde al beneficio social que reporta.

José Angel GALLEGOS

 

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