Los juzgados dejarán de informar a los usuarios de la Administración de Justicia sobre el estado de los procedimientos

Una circular del Consejo General del Poder Judicial que se ha distribuido entre los juzgados de toda España bajo el título Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en sedes judiciales, (*1), abre la veda a la “telematización” del acceso de los usuarios a sus expedientes y supone un hito en la restricción a los usuarios respecto a las causas que les incumben. Ha ocurrido en silencio y sin polvareda.
 
Desahucios, juicios por delitos leves (los antiguos juicios de faltas) o los juicios laborales, deberán ser consultados por las personas afectadas únicamente por teléfono, ya que si acuden a la sede de los juzgados más próxima el personal de seguridad tiene orden de no dejar pasar si no hay citación expresa. 
 
Para aquellos casos en los que resulte imprescindible acudir a la sede judicial, será necesario obtener previamente la correspondiente cita, que salvo excepciones, no se están dando en ningún sitio.
 
Dicho sea de otro modo: aquellos que tengan causas pendientes en un juzgado deberán fiarse de lo que les diga el empleado de turno. Esta modalidad de “justicia telemática” aplica la misma lógica que ocurrió cuando los bancos, asediados durante la crisis de 2008 por las protestas de familias afectadas por hipotecas basura, empezaron a “telematizar” sus servicios y pasaron de manera masiva a la banca online. Se redujeron los escraches, las manifestaciones y los sabotajes.
La imposibilidad física de acudir a un juzgado, protestar ante el empleado o impedir el acceso al despacho del juez que haya dictado una sentencia abominable, algo bastante habitual, es el escudo perfecto para que la actuación judicial -la que más va a intervenir en la gestión de la crisis económica- quede alejada de críticas y protestas, mediante un modelo de gestión procesal que ha venido para quedarse.
 
 

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