Al final de este programita que la televisión Cuatro le dedica a la ocupación de la casa de Calafell que últimamente tanto han sonado en los medios de comunicación, se hace mención al correo electrónico que les yo envié con mis explicaciones.
Sin embargo, a los televidentes les resulta imposible leer porque las imágenes no lo permiten. A continuación lo transcribo para aquellos interesados. Tras su lectura podrán formarse su opinión sobre si el hecho que no se pudiera leer nada del mismo fue intencionado o no.
Paso a escribirte lo que te contaba.
Lo primero es que los compradores de la vivienda de Melodía no son propietarios de esa vivienda. Esto es algo que cuesta de entender a los que no son juristas porque desconocen que para adquirir la propiedad mediante compra se requiere además un requisito adicional como es que el vendedor entregue la posesión. Así lo establece el artículo 609 del Código Civil al final de su segundo párrafo cuando que la propiedad se adquiere por ciertos contratos mediante la tradición, es decir, la entrega de la posesión y el 1462 del Código Civil que dice que se entenderá entregada la cosa vendida cuando se ponga en poder y posesión del comprador.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l3t1.html#a609
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l4t4.html#c4s2
Como la casa está en Cataluña te informo que lo mismo establece el Código Civil Catalán en los artículos 531-3 y 531-4.1
http://civil.udg.es/normacivil/cat/CCC/ES/L5-2006.htm#t3c1s2
Por tanto, esos compradores no son propietarios y no tienen derechos como propietarios entre ellos el derecho a la posesión, sino meros compradores que solo tienen los derechos de los compradores que son derechos que se pueden ejercer ante el vendedor, especialmente el derecho al que cumpla su obligación de entregarle la posesión de lo vendido, que estable el artículo 1461 CC.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l4t4.html#a1461
Pero no pueden reclamar nada como propietarios, pues no lo son. Nada pueden reclamar a Melodía y su familia, solo al vendedor.
Lo segundo es que la familia de Melodía es la legítima poseedora (atención que posesión y propiedad no es lo mismo) de la casa. Eso es así porque la Ley establece un plazo de un año para la demanda de desahucio en los artículos 1968 CC, 439.1 LEC y 121-22 CCC
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l4t18.html#a1968
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l2t3.html#a439
http://civil.udg.es/normacivil/cat/CCC/es/primera.htm#T2
Expirado ese plazo el ocupa puede mantener la posesión indefinidamente mientras quiera y de por vida. Además puede acabar deviniendo propietario mediante usucapión (adquisión de la propiedad por el transcurso de los años poseyendo) porque lo establece el artículo 1959 CC y 531-27 CCC
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/cc.l4t18.html#a1959
http://civil.udg.es/normacivil/cat/CCC/ES/L5-2006.htm#t3c1s4
Pero hay que tener en cuenta que una cosa es la Ley y otra muy distinta la aplicación de la Ley. Así que aunque la familia de Melodía legalmente tiene ganada la posesión indefinida y va camino de usucapir, cuando deba enfrentarse a una demanda de desahucio muy previsiblemente los jueces fallaran en su contra y ordenaran su desahucio. Por contra, debido a la lentitud de la Administración de Justicia por su colapso, el proceso durará unos tres años más o menos en los que podrán mantenerse en la vivienda. Al finalizar el proceso en España, interpondremos una demanda ante una tribunal internacional para que se les reconozca el derecho a poseer indefinidamente la vivienda y a usucapirla. Este tema lo trato en esta entrada http://prouespeculacio.org/2017/06/03/como-prevarican-los-jueces-contra-los-ocupas-i del blog de 500×20.
Por uĺtimo respecto al tema de la posesión, la denuncia que los compradores interpusieron contra la familia de Melodía por el delito de usurpación establecido en el artículo 245.2 CP http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t13.html#a245 no prosperará, porque la familia ya fue denunciada por el banco vendedor, juzgada y absuelta.
Este es uno de los varios detalles importantes que el banco estafador “olvidó” explicar a los incautos compradores estafados.
Cambiando de tema, los compradores perpetraron un delito de allanamiento de morada establecido en el artículo 202 CP http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t10.html#a202 contra la familia de Melodía al introducirse en su domicilio.
Este delito no guarda relación con quien es el legítimo propietario ni el legítimo poseedor del inmueble que sirve de domicilio, sino con la inviolabilidad del domicilio que es un derecho constitucional establecido en el artículo 18.2 CE http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t1.html#a18
Por ejemplo, un casero propietario no puede entrar en el domicilio de su inquilino, a pesar de ser de su propiedad, porque es el hogar de su inquilino. Igualmente no se puede entrar en la morada de nadie aunque sea un ocupa o lo que se sea y aunque el que entra sea propietario del inmueble. Por no poder entrar no puede entrar ni la Policía sino no es con orden judicial o en caso de flagrante delito.
Además Melodía les ha denunciado también por haberle sustraído una tarjeta de memoria y haber revelado su contenido en internet. Lo que constituiría un delito de robo establecido en el artículo 238 CP http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t13.html#c2 y otro de revelación de secretos establecido en el artículo 197 CP http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t10.html#a197
Legalmente los compradores deberían ser condenados por esos delitos, pero ya he dicho antes que una cosa es la Ley y otra la aplicación de la Ley, y yo no creo que tenga mucho interés en procesarles sino que dejarán que vaya pasando el tiempo y prescriban. Ojalá me equivoque pero ahora mismo me apostaría lo que fuera a que sucederá así.
Por último, decirte que en el blog de 500×20 tengo redactadas bastantes entradas referentes al tema de la ocupación, varias de ellas redactadas a raíz del caso de Melodía. Te pongo los enlaces a estás.
http://prouespeculacio.org/2017/05/18/quien-compra-una-vivienda-ocupada-no-es-propietario
http://prouespeculacio.org/2017/05/19/la-ocupacion-no-es-ilegal
http://prouespeculacio.org/2017/05/26/estado-policial-contra-la-ocupacion
Saludos.
—
No existe tiranía peor que
la ejercida a la sombra de
las leyes y con apariencias
de justicia.
José Ángel Gallegos Gómez
Abogado 2179 ICASF
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10. Jul 2017 11:19 por Ivan_5858@hotmail.com:
Gracias José Ángel,
Te agradezco en cuanto puedas si me puedes mandar ese email con las cosas que me has contado.
Muchas gracias
Un saludo
De: autogestion@tutanota.com <autogestion@tutanota.com>
Enviado: sábado, 8 de julio de 2017 11:40
Para: ivan_5858@hotmail.com
Asunto: Re: Fwd: Associació 500×20 “REPORTAJE CUATRO”Buenos días Iván:Soy el abogado de Melodía. Puedes contactar conmigo escribiéndome a esta dirección de correo electrónico o telefoneándome al número 693804405, pero en días laborales, porque el resto lo tengo apagado.
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No existe tiranía peor que
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tutanota.comMail. Done. Right: Tutanota is the secure mail service with automatic encryption. We protect your mails from everyone – even us. Open source and forever free.8. Jul 2017 07:18 por autogestion@openmailbox.org:
——– Mensaje original ——–
Asunto: Fwd: Associació 500×20 “REPORTAJE CUATRO”
Fecha: 08/07/2017 00:34
Remitente: 500×20 <500×20@prouespeculacio.org>
Destinatario: ivan_5858@hotmail.com, Jose Angel GALLEGOS GÓMEZ <autogestion@openmailbox.org>enviamos correo a jose angel para que esten en contacto
——– Missatge reenviat ——–
ASSUMPTE:
Associació 500×20 “REPORTAJE CUATRO”DATA:
Thu, 6 Jul 2017 14:19:48 +0000DE:
IVAN GARCIA <500×20@prouespeculacio.org>RESPON A:
ivan_5858@hotmail.comDe: IVAN
Apellidos: GARCIA
Correo: <ivan_5858@hotmail.com>
Teléfono: <665590357>
Asunto: REPORTAJE CUATROCuerpo del mensaje:
Buenas tardes,
Mi nombre es Ivan Garcia. Soy periodista de Cuatro y me pongo en
contacto con vosotros por un caso que hemos grabado de ocupación en
Calafell. Se trata de Melody Bonete y su familia. Ellos han denunciado a
los actuales dueños de la casa por entrar en ella y me han comentado
que les lleva un abogado de vuestra plataforma. Me gustaría poder
hablar con él para que me comentara sobre el caso y ver en que punto
esta la denuncia.
Muchas gracias
Un saludo
665590357—
Este mensaje se ha enviado desde un formulario de contacto en
Associació 500×20 (http://500×20.prouespeculacio.org [1])Links:
——
[1] http://500×20.prouespeculacio.org
El único comentario que en el vídeo se hace sobre mi correo electrónico es que reconozco que las personas a los que los ocupas denunciaron por allanamiento de morada, son los propietarios de la vivienda.
¿Creéis que realmente reconozco que son los propietarios o más bien les niego alto, fuerte, claro y a las primeras de cambio que son los propietarios? ¿Creéis que la afirmación sobre mi supuesto reconocimiento es una descarada y descomunal mentira?
Al referirse a mi correo se hace de tal manera que parece que yo no he querido dar la cara, que no he querido aparecer en la pantalla. Pero si leéis los correos comprobaréis que nunca se nos ha dado tal oportunidad. Simplemente querían conocer mi opinión fuera de cámara para después hacer con ella lo que les diera la real gana.
No es ninguna sorpresa porque a los delincuentes que dicen ser los propietarios de la vivienda todos los medios de comunicación les están dando su apoyo y permitiéndoles dar su completamente tergiversada versión presentarse como víctimas a pesar de ser en realidad los verdugos, y a nosotros nunca nos han dado la más mínima oportunidad para ello.
El programita no es más que una gran mentira, un completo falseamiento de la realidad desde principio a fin, empezando ya por el propio título, Okupas vs propietarios. El enfrentamiento no se está dando entre unos ocupas y los propietarios de la vivienda ocupada, porque los que dicen ser los propietarios no lo son en absoluto. Se pongan, como se pongan, les guste o no, y aunque repitan mil veces esta mentira no se convertirá en verdad. La Ley es la que es, y desde bien antiguo, para devenir propietario mediante la compra se requiere la entrega de la posesión del vendedor al comprador, lo que aquí nunca sucedió por razones obvias. ¿Qué clase de compraventa es esa en la que el vendedor vende lo que no posee y el comprador compra lo que el vendedor de ninguna manera le puede entregar? Por cierto, dicho sea de paso, vendo un fabuloso yate al módico precio de unos miles de euros, no más de cuatro cifras, no tengo la posesión del mismo, pero seguro que eso es un detalle sin importancia para vosotros, no lo puedo entregar ni el comprador recibir, ¿pero a quién le importa este pequeño detalle mientras pueda ir por ahí diciendo que es el propietario de un yate fabuloso? Imaginaos todo lo que podéis fardar.
El enfrentamiento es en realidad entre ocupas y usurpadores, que eso es lo que son quienes se dicen propietarios.
El programa aprovecha la reacción alterada del matrimonio para denigrarles, tratando de presentarlos como unos cafres. Pero olvida que momentos antes el que se dice propietario reconoce que violó el domicilio de esta familia, a lo que no hubiera tenido derecho ni aunque realmente hubiera sido el propietario. Por ello, este individuo es un violador. ¿Cómo os sentiríais si vierais que quien ha violado tienes la desfachatez de acudir a las puertas de vuestro domicilio a acosaros, y que además le respaldan en este acoso los miembros de un programa de televisión de difusión nacional? ¿No tienen derecho a alterar al tenerse que enfrentarse con su violador? ¿No tienen derecho a alterarse al comprobar que todos los medios de comunicación respaldan a su violador y les brindan la oportunidad de presentarse como víctimas? Mucha sangre fría deberían tener para mantener la calma y la sangre fría no abunda cuando se ha sido víctima de una violación.
El programa también ladinamente acusa a los ocupas de realizar fiestas en la casa, y presentan fotos de una de ellas. He de decir, que en el último año yo también realicé una fiesta en mi casa a la que invité a varios amigos. Me acuso públicamente de ello, para que el Ministerio Fiscal arremeta contra mí con todo el peso de la Ley por haber perpetrado tan terriblemente, porque ya no puedo dormir por el tremendo sentimiento de culpa y quiero expiar para acabar con esto.
La familia de ocupas usa la casa para lo que se usa normalmente una casa incluida una fiesta. Si esto es de todo lo que el programa y los que se dicen propietarios pueden acusar a los ocupas, entonces será que la ocupación en sí no es ilegal ni delictiva y por eso se les deja continuar con la ocupación.
Lo que no cuenta el programa es que la fotos que muestra de la fiesta proceden de una tarjeta de memoria de una cámara de fotográfica de los ocupas. ¿Cómo han llegado a ser públicas estas fotos? Tampoco cuenta, que la familia de ocupas echó en falta inmediatamente tras regresar a la vivienda tras ser desalojados por la Policía los violadores de su domicilio y que se presentó una denuncia por la sustracción de la misma y otra por la publicación de sus fotos en internet.
En resumidas cuentas los delincuentes que violaron el domicilio de los ocupas, dicen ser los propietarios de la casa y que van de televisión en televisión lloriqueando y haciéndose pasar por víctimas, no son más que unos sinvergüenzas que van de listos y que pensaron dar un pelotazo con un negocio con otro sinvergüenza aún mayor que es el banco que les vendió el humo que no tenía. Del mismo modo que el pez grande se come al pez chico, el sinvergüenza grande se come al sinvergüenza chico. Y en este caso el gran sinvergüenza del banco, que por cierto está saliendo de todo esto de rositas, se comió a los pequeños sinvergüenzas que violan domicilios porque ilusamente se consideran propietarios. No me conmueven a ningún sentimiento positivo hacia ellos. Sin embargo, los ocupas tienen toda mi solidaridad porque en todo momento actuaron legal y dignamente. Ocuparon legalmente una vivienda abandonada y legalmente se han ganado el derecho a poseerla indefinidamente. Si además la defiende resistiendo todo el acoso y el asedio que están padeciendo se ganarán toda mi admiración.
El tiempo, es el juez insobornable y pone a cada cual en su lugar.