Burlar legalmente una hipoteca impagable

O ¿ cómo esquivar la ejecución hipotecaria?

Esta entrada esta modificada porqué la mayor parte de la ley hipotecaria permite al banco librarse del inquilino cuando cumple el contrato.
Cuando un banco se apropia de una vivienda alquilada ejecutando la hipoteca se coloca en lugar del casero y el contrato alquiler sigue vigente en los términos en que se acordó. Sería sospechoso para el juez que el contrato se hubiera hecho pocos meses antes de la entrada en mora de la hipoteca.
En ese caso la obligación de avisar a los inquilinos sería para pedir que se fueran sin derecho a gozar de la duración de todo el contrato.
El propietario de una vivienda hipotecada que ya no puede proseguir pagando el préstamo antes de dejar de cumplir esta obligación, podría buscar a otra persona en su misma situación y alquilársela (artículo 9 LAU): “La duración del arrendamiento será libremente pactada por las partes) y ésta a su vez alquilarle a él la suya en las mismas condiciones”. Pero para el juzgado sería sospechoso que se sobrepasara la duración mínima legal.
Por eso, hasta la finalización del contrato el banco puede no renovarte el contrato, no tiene obligación legal aunque ponga 50 años. Es normativa de la ley hipotecaria. Ellos pensaron antes que tú esta posibilidad, por eso tienen miles de abogados trabajando.
ADVERTENCIA: Antes de lanzarse a la piscina conviene consultar con un experto de confianza que analice el caso concreto, podríamos encontrarnos por ejemplo en el contrato del préstamo hipotecario una cláusula que prohíbe precisamente alquilar la vivienda, esto no es necesariamente un escollo insalvable pero sí digno de estudio.

2 comentarios en «Burlar legalmente una hipoteca impagable»

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