la ley hipotecaria da un plazo ULTIMÁTUM hasta este 1 de julio para que los hogares pueden aún ganar al banco en los Juzgados

Los hogares afectados por una ejecución hipotecaria anterior a la entrada en vigor de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración etc del PP de Rajoy en los que la entidad financiera aún no ha tomado posesión de la vivienda tienen derecho a presentar una nueva oposición (INCIDENTE ESPECIAL de OPOSICIÓN) dentro de los 10 días posteriores a recibirla. Así lo dispone la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (*1) en su  Disposición transitoria tercera sobre el Régimen especial en los procesos de ejecución en curso a la entrada en vigor de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

Es seguro que la prensa paniaguada de la Banca ni siquiera cite esta importante Disposición Transitoria tercera pero eso… ÚLTIMA OPORTUNIDAD !!


¿ QUÉ HOGARES ESTÁN AFECTADOS?

La Disposición Transitoria Tercera de la nueva ley hipotecaria dispone que pueden hacer un Incidente Especial de Oposición aquellos hogares que TIENEN LA DEMANDA ABIERTA como ejecución hipotecaria o procedimiento ordinario y conservando la posesión de la vivienda. Los hogares que podrán acogerse son:

  • aquellos que no hayan reclamado las cláusulas abusivas y ya cuentan con la demanda interpuesta antes del 15 de mayo del 2013.
  • aquellos que reclamaron las cláusulas abusivas pero fueron desestimadas sin dar explicación detallada del análisis realizado de cada una de ellas.
  • aquellos compañeros que están acogidos a la moratoria Guindos y sus demandas son de antes de esa fecha.
  • aquellos compañeros que aún se encuentran en posesión de la vivienda y que aún tienen la demanda abierta antes de la fecha señalada.

¿qué hacer?

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