Debate sobre el artículo 1859 del Código Civil

ley_cc_1859_webEn este vídeo podéis ver un debate entorno al artículo 1859 del  Código Civil donde podréis comprobar que a pesar de la claridad meridiana de esta norma protectora de los deudores hipotecarios tan favorable a sus intereses, la resistencia a aceptarla viene incluso hasta de sus propios abogados que aportan argumentos nuevos en contra que ni siquiera a la jurisprudencia se le había ocurrido. Pero la verdad es tozuda y no puede ser negada ni siquiera por los ciegos que no quieren ver, ya que In claris non fit interpretatio (lo que está claro no debe ser interpretado). En este otro tenéis mi explicación.

Decía Schopenhauer que toda verdad pasa por tres fases: en la primera es ridiculizada, en la segunda recibe una violenta oposición y, finalmente, es aceptada como evidente. Esperemos que la prohibición que el acreedor (en este caso los bancos prestamistas) se queden las viviendas hipotecadas mediante dación en pago o adjudicación judicial en una ejecución hipotecaria está prohibida se acepte rápidamente como lo que siempre ha sido, evidente.

Print Friendly, PDF & Email

1 comentario en «Debate sobre el artículo 1859 del Código Civil»

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Uso de cookies

Utilizamos cookies para mejorar la experiencia de navegación, y ofrecer contenidos sobre el derecho a la vivienda y contra los que especulan con nuestras vidas. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies